CONSTITUCIÓN POLÍTICA

TALLER DE REPASO CONSTITUCIÓN POLÍTICA 
II PERIODO

En el siguiente enlace encontrarás un documento sobre los derechos de los pueblos indígenas de Colombia. Léelo con atención: http://www.corteidh.or.cr/tablas/R21731.pdf
Con el artículo encontrarás respuestas sobre la exclusión e inclusión social, qué es un puedo indígena y cómo actúa nuestra Constitución antes dichas comunidades.

Formas de gobierno. 
La expresión política de formas de gobierno (formes de Gouverment o Stattsform), "forma política", "régimen político", "régimen de gobierno", "sistema de gobierno", "modelo de gobierno" o "modelo político", alude a las diversas maneras de organización de un Estado o el ejercicio del poder.
El problema relativo a las formas de gobierno y a las formas de Estado fue entrevisto en sus generalidades por el pensamiento helénico, tanto en la descripción de las formas políticas existentes en aquella época, como en la especulación que de las mismas se hizo por el pensamiento filosófico, en la obra histórica de HeródotoLos nueve libros de la Historia, como en Platón en su obra ejemplar La Republica.
  • Platón: Este filosofo bosqueja en su Republica las diversas formas de gobierno, que pasan, de las que considera las mas perfectas como la aristocracia o gobierno de los filósofos, hasta aquellas en decadencia política en formas tales como la timocracia, la oligarquía que surge cuando los propietarios asumen el poder político; y la democracia o gobierno de las masas, —sistema criticado por Platón— hasta la tiranía.
    «Hasta que los filósofos sean reyes o los reyes y príncipes de este mundo tengan el espíritu y el poder de la filosofía y hasta que la grandeza y sabiduría política se junten en uno [...] las ciudades descansaran de sus males.»
  • Aristóteles: hizo un sorprendente estudio de mas de 158 constituciones al describirlas y enjuiciarlas en los principios comunes que las dominaban, y tomando en cuenta la titularidad del poder. [1]
Aristóteles considera las formas de gobierno divididas en dos grupos:
  • Las formas puras o perfectas, destinadas a realizar el bien de la comunidad.
    • La monarquía, que es el gobierno ejercido por una sola persona.
    • La aristocracia, que es el gobierno ejercido por una minoría selecta.
    • La democracia, que es el gobierno ejercido por la multitud o mayoría de los ciudadanos.
  • Las formas impuras, degeneradas o corrompidas, que solo toman en cuenta el interés de los gobernantes son aquellas formas de gobierno que desvirtúan sus finalidades sirviendo intereses o propósitos particulares. El gobernante olvida o pervierte su misión y hace del poder público un instrumento de sus intereses egoístas.
    • La tiranía que no es otra cosa que la degeneración de la monarquía.
    • La oligarquía o forma corrompida de la aristocracia.
  • La demagogia que también se llama la oclocracia, que es una degeneración de la democracia.
«Monarquía es aquel Estado en que el poder dirigido al interés común no corresponde mas que a uno solo; aristocracia, aquel en que se confía a mas de uno y democracia, aquel en que la multitud gobierna para la utilidad publica. Estas tres formas pueden degenerar: el reino en tiranía; la aristocracia, en oligarquía; la democracia en demagogia.»
Aristóteles
  • Montesquieu: introduce modificaciones fundamentales a la teoría de las formas de gobierno de Aristóteles, distinguiendo entre monarquía, despotismo y república.

Gobierno mixto

  • Polibio: es el expositor del gobierno mixto o forma constitucional que combina el poder monárquico, el aristocrático y el poder democrático, representados por el consulado, el senado y los comicios.
En la teoría del gobierno mixto se esboza un régimen de coordinación de funciones, sin preeminencias de uno sobre otro, coordinando sus actividades sobre la base de equilibrio y de igualdad.
  • Maquiavelo: reconoce una clasificación bipartita de las formas de gobierno.

Formas de gobiernos actuales

La clasificación que ha perdurado de las formas de gobierno reduce a estas en dos grupos: la monarquía y la republica. Tanto la republica como la monarquía revisten formas jurídicas muy diversas y responden en cada uno de sus tipos a diferentes procesos políticos o a sus propias tradiciones.
«Nosotros llamaremos formas de gobiernos ala estructura que pueden adoptar, en un país, los órganos encargados de ejercer las funciones soberanas y el mutuo enlace con que deben estar trabados y relacionados entre si.
»En consecuencia, no hay incompatibilidad en que una misma forma de Estado adopte diversas formas de gobierno o viceversa. Un Estado unitario u otro federal, puede ser monárquico o republicano, parlamentario o presidencial. Como una monarquía puede ser Estado unitario o federal.»
P. Luis Izaga S. J.
De acuerdo a la evolución histórica del mundo, se pueden distinguir nuevas formas de gobierno, algunas de ellas propias del siglo XX.
  • Gobierno Democrático: Es aquel sistema en que se facilita la participación de los gobernados en el poder político. Dentro de esta forma se pueden a su vez, distinguir varias:
    • Democracia directa: Aquella en que el pueblo ejerce directamente el poder y decide en asuntos políticos por si mimo, incluso crea normas jurídicas que rigen la vida colectiva. Ejemplos históricos claros son las polis griegas y los cantones de Suiza.
    • Democracia semi directa: Aquella en que el pueblo delega el ejercicio de parte del poder en los gobernantes y se reserva el ejercicio de la soberanía en algunas materias específicas. Los instrumentos para ejercer su poder son los plebiscitos (para decidir reformas constitucional o aprobar determinadas leyes); la iniciativa popular (derecho a presentar proyecto de ley y obligar al poder legislativo a pronunciarse sobre ellos): opción local (para que ciertas porciones territoriales decidan si se aplica o no respecto de ellos una disposición legal) y el recall (que es la facultad que se reserva el electorado para revocar el mandato de sus gobernantes antes de concluir el periodo para el cual fueron designados).
    • Democracia orgánica: También conocida como corporativismo o democracia funcional. Es aquella donde el poder político es ejercido por los gobernantes a través de las corporaciones (gremios, sindicatos, colegios profesionales, municipios). El poder se puede ejercer a través de la creación de organismos como el Senado Funcional o las Asambleas Corporativas, integradas por las fuerzas vivas: trabajadores, empresarios, estudiantes, empleados públicos, agricultores, dueñas de casa, entre muchos otros. Cada uno de los grupos elige a sus representantes y los elegidos forman parte de la Asamblea Funcional o Corporativa. Esta forma de organización política, es promovida mayoritariamente por las corrientes llamadas nacionalistas.
    • Democracia liberal o representativa: Es aquella forma de gobierno, democrático en que el pueblo delega el ejercicio del poder en autoridades elegidas periódicamente. Este sistema es el que cuenta con mayor adhesión y vigencia en la actualidad, al punto que se le puede denominar simplemente democracia, sin apellidos.
  • Gobiernos Totalitarios: Sistema en el cual el poder político controla la totalidad de la vida de una sociedad. En los sistemas totalitarios la persona es bajo el Estado, que puede controlar todo. "Todo dentro del Estado, nada fuera del Estado" es una máxima que define al totalitarismo.
  • Gobierno Autoritario: Es aquel en que el poder político está concentrado en una persona, pero otros ámbitos de la vida, funcionan con respeto a la libertad y derechos personales, con excepción de los que emanan de la participación política. Los gobiernos autoritarios, suelen denominarse dictaduras, por el control del poder político en manos de una persona. Distinguimos tres tipos de gobiernos autoritarios, según hacia dónde dirijan sus acciones:
    • Permanente: Es un gobierno autoritario que busca perpetuarse como tal, se institucionaliza, no tiende hacia otras formas de gobierno.
    • Predemocrático: Es un gobierno autoritario transitorio y contempla los mecanismos para derivar en gobierno democrático.
    • Pretotalitario: Es un gobierno autoritario que tiende a un control cada vez más amplio del poder y culminará en una forma totalitaria de gobierno.
Los gobiernos totalitarios se distinguen de los autoritarios por varias razones entre ellas las siguientes:
  1. Los totalitarios controlan la vida política, económica, social y privada, mientras que los autoritarios se orientan al control del poder político y son más flexibles en los otros temas.
  2. Los totalitarios buscan incluso el control de la conciencia de los gobernados y controlan la educación, la prensa y todos los medios posibles para el triunfo de la ideología política.
  • Repúblicas: es la forma de gobierno en la que el jefe del estado no es un monarca, sino un cargo público cuyo ocupante no tiene derecho por sí mismo a ejercerlo, sino que lo ha obtenido mediante un procedimiento de elección pública y está sometido al escrutinio público –ambas cosas en teoría–, y su denominación es compatible con sistemas unipartidistas, dictatoriales y totalitarios.
    • Repúblicas presidencialistas: sistemas en los que un presidente es la cabeza activa de la rama ejecutiva del gobierno y es elegido y se mantiene en el cargo independientemente de la legislatura.
    • Repúblicas semipresidencialistas: sistemas en los cuales el presidente tiene la autoridad genuina ejecutiva, a diferencia de en una república parlamentaria, pero parte del papel del jefe del gobierno es ejercido por el primer ministro.
    • Repúblicas parlamentarias: sistema en el cual un primer ministro es el jefe activo del poder ejecutivo de gobierno y también el líder de la legislatura.
    • Repúblicas unipartidistas: estados en que la estructura del partido es a la vez la estructura del gobierno y que no permiten la creación de otros partidos y si existen otros partidos, su representación es limitada.
  • Monarquías: Son sistemas de gobierno en que la jefatura del estado es personal, vitalicia y designada según un orden hereditario aunque en algunos casos se elige, bien por cooptacion del propio monarca, bien por un grupo selecto (monarquía electiva -las monarquías de los pueblos germánicos o la primitiva monarquía romana).
    • Monarquías constitucionales o parlamentarias: Tanto en las monarquías constitucionales como en las monarquías parlamentarias actuales, el monarca, aun manteniendo su posición como el jefe de estado, tiene poderes muy limitados o meramente simbólicos o ceremoniales.
    • Monarquías constitucionales con fuerte poder regio: También llamadas monarquía semiconstitucionales porque, a pesar de regirse por un texto constitucional y poseer instituciones legislativas elegidas, judiciales con mayor o menor independencia y un ejecutivo dirigido por un primer ministro; el monarca conserva poderes significativos, que puede utilizar a discreción, y control sobre todos los poderes, de forma en cierto modo similar a como se ejercía el poder monárquico con una carta otorgada.
    • Monarquías absolutas: son regímenes monárquicos en los que el monarca tiene el poder absoluto del gobierno.
  • Reinos de la Mancomunidad Británica de Naciones: Son aquellos de este grupo de estados que reconocen como jefe de estado al rey de Inglaterra.


Comparación entre las constituciones políticas de 1886 y 1991
1886 Estado de derecho
1991 Estado social de derecho
Se privilegiaban lo derechos colectivos
Se privilegian los derechos individuales
-       Democracia representativa.
-       Desinstaló el aparato administrativo anterior y centralizo el poder.
-       Reconocía el idioma castellano y la religión católica como únicos.
-       Estado de sitio.
-       Sistema jurídico inquisitorial.
-       Prohibió el divorcio, le otorgó poder a la iglesia en la educación.
-       Sala Constitucional dependiente de la Corte Suprema de Justicia.
-       Tribunal Disciplinario.
-       Promovió el proteccionismo económico.
-       Democracia participativa.
-       Autonomía territorial: se reconoce como un Estado Social de Derecho y República unitaria descentralizada.
-       Respeto a las diferencias: Reconoce la diversidad étnica, cultural, religiosa y lingüística.
-       Estado de Emergencia (económica, ecológica o política).
-       Sistema jurídico acusatorio: Fiscalía General de la Nación.
-       Mecanismos de defensa de los Derechos: acción de tutela, derecho de petición, Defensoría del Pueblo.
-       Corte Constitucional como organismo independiente.

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